Recurso de reposicion
Plazo: 1 mes desde la notificacion. Lo resuelve la propia AEAT. Es optativo.
Reclamacion economico-administrativa
Plazo: 1 mes. Lo resuelve el Tribunal Economico-Administrativo (independiente de Hacienda). Mas efectivo que el recurso de reposicion.
Recurso contencioso-administrativo
Si pierdes las vias anteriores, puedes acudir a los tribunales de justicia. Necesitaras abogado y procurador.