Que es el Real Decreto 1007/2023 y por que existe
El RD 1007/2023 desarrolla el articulo 29.2.j) de la Ley 58/2003 General Tributaria, que obliga a que los sistemas informaticos de facturacion garanticen la integridad, conservacion, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones economicas.
En palabras sencillas: la AEAT queria asegurarse de que las facturas emitidas por software de gestion no pueden borrarse ni modificarse sin dejar huella. El motivo principal es combatir el fraude fiscal mediante software de doble contabilidad (caja B).
⚠️ El decreto no crea nuevos impuestos ni cambia como se declaran. Solo regula como deben generarse las facturas desde el punto de vista tecnico.
Estructura del decreto: que partes existen
El RD 1007/2023 tiene la siguiente estructura principal:
- Titulo I: objeto y ambito de aplicacion. Define a quien aplica y que queda excluido.
- Titulo II: requisitos tecnicos de los sistemas informaticos de facturacion. Aqui esta el detalle tecnico del hash SHA-256 y el registro encadenado.
- Titulo III: el sistema VeriFactu propiamente dicho: envio voluntario u obligatorio de registros a la AEAT.
- Disposiciones: sanciones por incumplimiento, plazos de adaptacion y regimen transitorio.
Lo que dice el decreto sobre el software de facturacion
El articulo mas importante para los autonomos es el que establece los requisitos tecnicos del sistema informatico de facturacion. En resumen, el software debe:
- Generar un registro de cada factura con datos minimos obligatorios (NIF, numero, fecha, importe, tipo impositivo).
- Calcular un hash SHA-256 del registro de la factura que incluya el hash de la factura anterior (encadenamiento).
- Impedir la alteracion o eliminacion de registros ya generados sin dejar constancia de ello.
- Generar un codigo QR con la informacion de verificacion de la AEAT segun el formato establecido.
- Exportar los registros en formato XML compatible con el sistema de la AEAT cuando sea requerido.
La prohibicion de software de doble uso (caja B)
El decreto prohIbe expresamente la produccion, comercializacion, tenencia y uso de sistemas informaticos de facturacion que permitan:
- Llevar una contabilidad distinta a la reflejada en las facturas oficiales.
- Eliminar registros de facturas sin dejar rastro auditable.
- Ocultar o alterar transacciones ya registradas.
- Funcionar de forma encubierta o con doble configuracion.
Esta prohibicion es inmediata y sin periodo de gracia. No importa el aplazamiento a 2027: el software de caja B es ilegal desde la publicacion del decreto.
El sistema VeriFactu: voluntario u obligatorio
El decreto distingue dos modalidades de cumplimiento:
| Modalidad | En que consiste | Para quien |
|---|---|---|
| Registro local certificado | Hash y QR en la factura, registro guardado en el software. Sin envio a AEAT. | La mayoria de autonomos (obligatorio desde 2027) |
| VeriFactu con envio | Ademas del registro local, cada factura se envia en tiempo real a la AEAT. | Voluntario para todos, obligatorio para SII (grandes empresas) |
Para los autonomos, la modalidad obligatoria es el registro local certificado. El envio a la AEAT es voluntario y tiene ventajas (exime de conservar el registro localmente en algunos casos), pero no es obligatorio.
Que no tienes que leer del decreto si eres autonomo
El decreto es largo y tecnico. Estas secciones NO te afectan como autonomo ordinario:
- El capitulo sobre el Suministro Inmediato de Informacion (SII): es para grandes empresas con facturacion superior a 6 millones.
- Los requisitos de firma electronica avanzada: no son obligatorios en VeriFactu (solo en TBAI).
- Las especificaciones tecnicas del formato XML de exportacion masiva: las gestiona el software, no tu.
✅ La regla practica: si usas software certificado (como DeclarApp), el decreto queda cumplido automaticamente. No necesitas entender la normativa tecnica: el software la implementa por ti.
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