Que es el modelo 347
El modelo 347 es una declaracion informativa anual que deben presentar autonomos y empresas ante la AEAT. En ella se detallan todas las personas o entidades con las que se han realizado operaciones (ventas o compras) que superen los 3.005,06 euros en el conjunto del ano.
No implica ningun pago a Hacienda. Es una herramienta de control fiscal para que Hacienda pueda contrastar las operaciones declaradas con los distintos sujetos pasivos y detectar posibles irregularidades.
Umbral clave: 3.005,06 euros anuales con un mismo tercero (cliente o proveedor). Si superas esa cifra con alguien, debes incluirlo en el 347.
Quien esta obligado a presentar el modelo 347
Deben presentarlo todos los autonomos y empresas que realicen actividades economicas y hayan tenido operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales, salvo que esten exentos:
- Personas fisicas y entidades en regimen de atribucion de rentas en IRPF, por actividades agricolas, ganaderas o forestales, en modulos de IVA
- Obligados al SII (Suministro Inmediato de Informacion): ya reportan en tiempo real
- Entidades o establecimientos de caracter social exentos de IVA
- Quienes no han tenido ninguna operacion que supere el umbral
Que operaciones se declaran en el modelo 347
Se incluyen todas las operaciones sujetas o no exentas de IVA que superen el umbral anual con un mismo tercero:
- Ventas de bienes y prestaciones de servicios a clientes
- Compras a proveedores y pagos a profesionales
- Arrendamientos de locales de negocio
- Subvenciones, auxilios o ayudas satisfechas por entidades publicas
Se excluyen del 347 las operaciones declaradas en otros modelos informativos, como las intracomunitarias (modelo 349), las retenciones (modelo 190) o las operaciones en aduanas.
Plazo de presentacion del modelo 347
El modelo 347 se presenta durante el mes de febrero del ano siguiente al ejercicio declarado:
| Declaracion | Plazo |
|---|---|
| Modelo 347 ejercicio 2026 | 1 – 28 febrero 2027 |
| Modelo 347 ejercicio 2025 | 1 – 28 febrero 2026 |
Importante: El modelo 347 se presenta solo una vez al ano, en febrero. No hay presentaciones trimestrales.
Como calcular si debes incluir a un tercero
Para cada cliente o proveedor, suma todas las operaciones del ano (bases imponibles + IVA). Si el total supera los 3.005,06 euros, lo incluyes en el 347. La clave es que la cifra incluye el IVA: si facturas 2.500 euros + 525 euros de IVA = 3.025 euros, supera el umbral.
Ejemplo: Un proveedor te ha facturado 4 veces en el ano por un total de 3.200 euros (con IVA). Supera el umbral: lo incluyes en el modelo 347 indicando su NIF, nombre y el importe total de operaciones.
Sanciones por no presentar el modelo 347
- Por cada dato omitido o incorrecto: 20 euros por dato, con un minimo de 300 euros y maximo de 20.000 euros
- Fuera de plazo sin requerimiento: minimo 200 euros
- Con requerimiento previo de Hacienda: el minimo sube a 400 euros