Como funciona
En el regimen general, debes ingresar el IVA de tus facturas aunque el cliente no te haya pagado. Con el criterio de caja, solo ingresas el IVA cuando cobras efectivamente. A cambio, tampoco deduces el IVA de tus compras hasta que las pagues.
Requisitos
- Facturacion inferior a 2 millones de euros
- No haber cobrado mas de 100.000 euros en efectivo de un solo cliente
Limite importante
El IVA se devenga como maximo el 31 de diciembre del ano siguiente a la operacion, hayas cobrado o no.