Regla general: NO obligatorio
Los autonomos personas fisicas no estan obligados a inscribirse en el Registro Mercantil. Es una inscripcion voluntaria.
Excepciones obligatorias
- Autonomos que sean navieros (armadores de buques)
- Si constituyes una sociedad (SL, SA, etc.)
Ventajas de inscribirse voluntariamente
Publicidad legal de tu actividad, posibilidad de nombrar factor mercantil, y mayor credibilidad ante terceros. Para la mayoria de autonomos, no compensa el coste (~200 euros).