📋 Resumen deduccion telefono e internet 2026:
- Regla general uso mixto: 50% en IVA y 50% en IRPF
- Si tienes linea exclusiva profesional: 100% deducible
- Dos lineas (una personal, una profesional): la profesional al 100%
- Importe del movil (hardware): mismo criterio que la linea
- No necesitas justificacion especial si deduces el 50%
Por que el 50% y no el 100%
Hacienda parte de la presuncion de que un autonomo persona fisica usa el telefono y el internet tanto para su actividad profesional como para uso personal. Al ser un uso mixto indivisible, acepta el 50% como criterio razonable sin exigir que justifiques hora por hora el uso profesional.
Esta regla del 50% aplica tanto al IVA de las facturas de telefonia e internet (que puedes deducir en los modelos 303 trimestrales) como al coste en IRPF (que reduces en el modelo 130 y en la declaracion de la renta).
Ejemplo practico: Tu factura de movil es 45€/mes (con IVA incluido). Base imponible: 37,19€ + IVA 7,81€. Con el 50%: deduces 3,90€ de IVA cada mes (46,90€/ano) y 18,60€ como gasto en IRPF cada mes (223€/ano). Pequeñas cantidades, pero reales.
Cuando puedes deducir el 100%
Si puedes acreditar que una linea de movil o una conexion de internet tiene un uso exclusivamente profesional, puedes deducirla al 100%. Los casos mas claros:
- Segunda linea de movil dedicada al negocio: si tienes un movil personal y otro profesional con SIM distinta, la linea profesional es 100% deducible
- Conexion de internet del local u oficina: si tienes una linea de fibra en tu local o coworking que no usas para nada personal, es 100% deducible
- Lineas de datos para dispositivos profesionales: una SIM de datos para una tablet de trabajo o un router de datos para un vehiculo comercial
Deduccion del movil (hardware): el terminal en si
El precio del terminal del telefono sigue las mismas reglas que la linea: 50% si uso mixto, 100% si uso exclusivo. Sin embargo, hay un matiz adicional: si el movil cuesta mas de 300€, tecnicamente deberia amortizarse en lugar de deducirse de golpe. En la practica, para la mayoria de autonomos, los asesores aplican la deduccion del terminal en el ejercicio de compra si el importe no es exagerado.
| Gasto | Deduccion IVA | Deduccion IRPF | Condicion |
|---|---|---|---|
| Cuota mensual movil | 50% (uso mixto) | 50% | Linea a tu nombre o de empresa |
| Cuota mensual internet casa | 50% (uso mixto) | 50% | Si trabajas desde casa |
| Segunda linea profesional | 100% | 100% | Uso exclusivo demostrado |
| Internet en local profesional | 100% | 100% | Uso exclusivo demostrado |
| Terminal del movil | 50% (uso mixto) | 50% | Misma regla que linea |
| Funda, cargador, accesorios | 50% (uso mixto) | 50% | Accesorios del movil profesional |
El internet de casa: la situacion mas comun
Si trabajas desde casa y tienes una sola conexion de fibra que usas tanto para trabajar como para uso personal (streaming, videollamadas familiares, juegos), el criterio del 50% es el correcto y el mas seguro.
Si tienes el despacho declarado en el modelo 036, puedes defender un porcentaje mayor basado en las horas de uso profesional, pero esto es dificil de acreditar y puede generar discusion con Hacienda. El 50% es el punto de equilibrio aceptado generalmente.
Facturas a nombre del autonomo o de la actividad
Para poder deducir las facturas de telefonia e internet, estas deben estar a tu nombre con tu NIF (como persona fisica autonoma). Si la factura esta a nombre de un familiar o de otra persona, Hacienda puede rechazar la deduccion. Si cambias de empresa y quieres deducir el movil, solicita que la factura mensual se emita a tu NIF.